Reflexiones
Otra Tontería
Los gobernantes y el periodismo parecen empecinados en errarle al problema de los llamados caninos peligrosos
Indemnizan con más de 1.000 euros a una niña a la que le mordió un canino de vigilancia del Metro de Barcelona
La Audiencia de Barcelona ha condenado a un vigilante del Metro de la capital catalana a pagar una indemnización de 1.085 euros por la mordedura que el canino de la empresa de seguridad le causó a una menor de edad en la pierna. El tribunal popular le ha condenado además al pago de una multa de 45 euros por una falta de lesiones por mordedura de canino porque considera que el trabajador "no hizo nada" para evitarlo.
La Sección Octava de la Audiencia de Barcelona entiende que el trabajador,
Javier G.E., tendría que haber tomado algún tipo de medidas de precaución tras percatarse del estado de "nerviosismo" en que se encontraba el animal. La sentencia señala, por ejemplo, que el trabajador podría haber pedido la sustitución del canino a la empresa.
El fallo señala también que el vigilante podría haberle puesto un bozal, una medida que, aunque no es obligatoria, sí lo era en este caso porque "las anormales circunstancias detectadas en el canino hacían previsible la posibilidad de una conducta agresiva del mismo".
Por eso, la Audiencia considera que el trabajador "no hizo nada" para evitar los riesgos que suponían el estado del canino, y que la falta de detección del estado nervioso del animal tampoco "varía la consideración de falta de diligencia", ya que era el trabajador quien se encontraba al cuidado del canino y éste tenía la obligación de "controlar la fuente de peligro".
Inicialmente, el Juzgado de Instrucción número 27 de Barcelona ya condenó al trabajador a indemnizar a la menor con 1.085 euros y al pago de un multa, pero el hombre recurrió el fallo ante la Audiencia, que ha desestimado el recurso y ha confirmado la sentencia de instancia. Además, el tribunal provincial ha declarado a la empresa de seguridad Prosegur, para la que trabajaba el condenado, como responsable civil subsidiaria.
Sin embargo, la empresa que suministra los caninos a los trabajadores de seguridad del Metro ha sido absuelta de cualquier responsabilidad porque tanto el juez como el tribunal consideran que el animal estaba "en condiciones óptimas para realizar su labor".
Hasta aquí la noticia. En mi opinión, se sigue esquivando el verdadero problema. Supongamos que yo manejando mi automóvil pierdo el control y accidentalmente me estrello contra cierta propiedad privada. Supongamos que yo sí hago todo lo posible por evitar la colisión, pero el accidente resulta inevitable. En este caso ¿debo pagar los daños?, todos sabemos que sí, en tal caso lo afrontará mi seguro, pero aunque yo haya hecho lo posible por evitar la colisión, y por eso recibe el nombre de “accidente” en lugar de “atentado”, aún así me caben las responsabilidades civiles por daños y perjuicios.
El que el propietario de un canino no haga nada o haga algo para evitar que su canino dañe a una persona, no debería eximirlo de las responsabilidades civiles del caño ocasionado. El propietario, y no el empleado, es el responsable del daño material. Como si el conductor de un transporte colisiona contra otro, el responsable material del daño es el propietario del vehículo, no su conductor. De esta forma los propietarios de vehículos siempre querrán tener pagos sus seguros y prestarán atención a la hora de contratar conductores.
Si cada propietario de un can se debiera hacer responsable de los daños materiales que causen sus animales, desde una muerte a una simple caída por un empellón del canino suelto, entonces ya no habría accidentes como los que solemos ver. Tener un canino sería un acto que involucraría responsabilidad, y no existirían listados de “razas potencialmente peligrosas” ya que todos los caninos serían manejados con eficacia, desde su crianza hasta su traslado por la calle. Pero mientras se siga con estos conceptos, en donde la empresa propietaria de un canino, que lucra con el mismo, no se considera responsable de lo que sus caninos hagan por las calles, seguiremos como estamos. Es decir, culpando a las razas de caninos por la irresponsabilidad de algunos dueños, haciendo que quienes jamás protagonizan un accidente paguen las consecuencias.
Observemos ahora este otro fallo:
17 de agosto de 2003, 17h50
Multa de 180 euros por dar una bofetada a un joven
La Audiencia de Barcelona ha impuesto una multa de 180 euros por una falta de lesiones a un joven que propinó una bofetada a otro joven en el transcurso de una discusión.
No obstante, el tribunal ha absuelto al acusado, Daniel B., de pagar los 336 euros que le había impuesto inicialmente el Juzgado de Instrucción número 3 de Badalona (Barcelona) por las lesiones que le causó el canino de éste a la víctima porque considera que no hay conexión entre la agresión del joven y la del canino, y porque en ningún momento éste "azuzó" al can para que atacara al joven.
Durante la discusión, después de que el agresor, Daniel B., vigilante de seguridad, le propinara una bofetada al joven, el canino mordió en el muslo izquierdo a la víctima. La Audiencia imputa al acusado como lesiones la bofetada porque las lesiones que le causó el canino deberían ser imputadas a título de imprudencia.
En la sentencia recurrida, el juez condenó a Daniel B. por una falta de lesiones a la multa de 600 euros y a indemnizar a Daniel H. con 336 euros por las lesiones causadas. El joven recurrió la sentencia alegando una aplicación indebida del precepto penal.
La Audiencia de Barcelona da la razón al recurrente y afirma que, de tratarse de una falta de lesiones, sólo deben computarse las lesiones ocasionadas por la bofetada, ya que la agresión del canino debe calificarse como una imprudencia del agresor.
Obsérvese cómo se absuelve al propietario del canino “porque en ningún momento azuzó al can para que atacara al joven”. Esto es como si absolvieran al propietario de un automóvil de pagar los daños causados en una colisión porque “en ningún momento apuntó su vehículo contra el del tercero”. La lesión provocada por el canino es calificada como una imprudencia, y entonces?, en qué quedamos? Si es una imprudencia es lógico que deba pagar los daños verdad?
Italia también apunta por el lado equivocado:
12 de agosto de 2003
Italia considera ilegalizar los 'pitbull' tras racha de ataques
ROMA (Reuters) - Tras un incremento de los ataques de caninos 'pitbull' a deportistas y niños, Italia puede ilegalizar la cría, importación e incluso la propiedad de ejemplares de esta raza.
"Frente a la cantidad de agresiones no podemos sentarnos de brazos cruzados y no hacer nada", dijo la ministra de Sanidad, Girolama Sirchia, al periódico La República en comentarios publicados el martes.
"Tenemos que decidir raza por raza. Sobre algunas, como los pitbull y los rottweiler, tenemos que pensar en la posibilidad de prohibir su importación, crianza y propiedad", dijo Sirchia.
Siete ataques de pitbulls en los últimos cinco días han provocado llamamientos a un estricto control de los caninos.
Dos niños fueron gravemente heridos, y una mujer que había salido a correr tuvo que someterse a una operación de emergencia de 16 horas. Se encuentra en estado crítico.
Un portavoz del Ministerio de Sanidad dijo que una propuesta para controlar los ataques de caninos será elevada al Parlamento en septiembre y podría incluir una lista de razas peligrosas.
Todos sabemos que no se trata de razas asesinas, muchos de los lectores tienen razas de caninos supuestamente “sanguinarios” empezando por mí, que he tenido decenas de dobermanns a los que le he confiado a mi hija desde que tenía meses de edad e ingresaba a las parideras en medio de cachorros con sus madres.
Se los ha enlistado, se los ha regulado, se los ha prohibido, y sin embargo los problemas subsisten. No será hora de empezar a cambiar de métodos?